02-04-2026

Recordatorio elaborado por Estudio Carballeiro

Relevamiento de Activos y Pasivos Externos - RayPE- COM. A 8304


Relevamiento de Activos y Pasivos Externos - RayPE- COM. A  8304


Considerando que terminó el primer trimestre del año 2026 se recuerda lo dicho por la Com. A 8304 (que modifica a la Com. A 6795 que a su vez modificó a la Com. A6401, todas relacionadas con el RAyPE).

El BCRA con la información del Relevamiento de Activos y Pasivos Externos (RAyPE) elabora los informes de Deuda Externa Privada y de Inversiones Extranjeras Directas, que se publican trimestralmente.

 

Los datos mencionados en el párrafo anterior se comparten con el INDEC que los utiliza para estimar la Balanza de Pagos y la Posición de Inversión Internacional. 

 

La Com. A 6401 (implementó un nuevo relevamiento, reemplazando a la Com. A 3602 y A 4237 a partir de la información al 31/12/2017)  es la matriz del RAyPE actual y contiene los siguientes puntos:

 

  1. Sujetos declarantes
  2. Muestra y periodicidad de la declaración
  3. Estructura del Relevamiento
  4. Carga y validación de datos
  5. Vigencia del Relevamiento
  6. Vencimiento para la declaración
  7. Detalle de la información
  8. Principales definiciones y aclaraciones

 

 

La Com. A 8304 modifica el punto 2 (Muestra y periodicidad de la Declaración) y punto 6  (Vencimiento para la Declaración) de la siguiente manera:

 

  1. Clasificación de las declaraciones: volvemos al sistema de muestras  en función de un umbral.

 

    1. Muestra Principal
    2. Muestra Secundaria

 

  1. Criterio de clasificación de las muestras: se clasifica en función de la sumatoria de saldos de activos externos más saldos  pasivos externos (considerar dentro de los pasivos externos  el patrimonio en poder de no residentes) al final de un trimestre

 

    1. Muestra Principal: entrarán dentro de esta categoría todas las personas jurídicas o humanas que cuenten con un saldo de activos más pasivos externos por un valor igual o superior a U$S 10 millones a fin de cualquier trimestre calendario.
    2. Muestra Secundaria: todas las personas jurídicas o humanas que cuenten con un saldo de activos más pasivos externos por valor menor a U$S 10 millones a fin de cada trimestre calendario.

 

  1. Muestra principal

 

Si en cualquier trimestre del año el valor de los saldos de los activos y pasivos externos de un declarante iguala o supera los U$S 10 millones pasará a ser parte de la muestra principal.

En caso que un declarante sea parte de la muestra principal en cualquier trimestre mantendrá esa condición durante todo el año calendario.

 

  1. Periodicidad

 

    1. Muestra principal:

                                                                              i.        Continúa con la presentación trimestral obligatoria.

                                                                            ii.        Se elimina el requisito del estado de resultados de la declaración trimestral.

                                                                          iii.        Debe realizar una declaración anual simplificada obligatoria donde se informarán únicamente los formularios correspondientes a los inversores y los estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y balance general .

    1. Muestra secundaria

                                                                              i.        Deberán realizar sólo una presentación anual (si en cualquier trimestre el valor de pasivos y activos  externos iguala o supera U$S 10 millones pasará a ser parte de la Muestra Principal, debiendo cumplir con las declaraciones trimestrales y anual de dicho grupo)

 

  1. Falta de Pasivos externos

 

    1. Muestra Principal: En caso que el declarante deje de registrar pasivos externos, deberá igualmente presentar la declaración correspondiente al trimestre en que dicha situación ocurra, a fin de reflejar la cancelación de los mismos.
    2. Muestra Secundaria: En caso que el declarante deje de poseer pasivos externos, deberá igualmente presentar la declaración anual correspondiente al año en que dicha situación ocurra, a fin de reflejar la cancelación de los mismos.

 

  1. Requisito específico para formar parte de la Muestra Secundaria

 

Para ser elegible para integrar la muestra secundaria no deberá registrarse que el declarante posea deudas iguales o superiores al umbral de U$S 10 millones en otros relevamientos asociados del BCRA a fin del trimestre calendario de referencia.

 

  1. Comisiones

 

Las entidades no podrán cobrar comisiones por reportar circunstancias que impliquen una reducción de dichas deudas sin acceso al Mercado Libre de Cambios

 

 

  1. Vencimiento de las declaraciones

 

A partir de los datos correspondientes al primer trimestre de 2026, el vencimiento de las presentaciones será el siguiente:

 

  • Muestra Principal:
    • 45 días corridos desde el cierre del trimestre calendario de referencia, para las presentaciones trimestrales
    • 180 días corridos desde el cierre del año calendario de referencia para las presentaciones anuales
  • Muestra Secundaria
    • 90 días corridos desde el cierre del año calendario de referencia para las presentaciones anuales

 

Comunicación A 6401

Comunicación A 6594

Comunicación A 6795

Comunicación A 8304

 

 

Los socios acceden a la presentación con su USUARIO y CONTRASEÑA

 

 Fuente: Estudio Carballeiro

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