17-09-2024
Su Tratamiento.
Impuesto País en Operaciones Temporarias que se transforman en Definitivas.
Cómo ustedes saben, mediante el Decreto 777/2024 se reduce el impuesto país del 17,5% al 7,5% y mediante el Decreto 779/2024 se legisla sobre el impuesto PAIS en operaciones que ingresaron en forma temporaria pero por decisión del importador en lugar de exportar las mercaderías resultantes se transforman en operaciones definitivas.
Por aplicación de las nuevas normas el SIM, al momento de oficializar los Subrégimenes IC81, IG81, ICR1, ICR2 o ICR3 liquida EL TOTAL DEL IMPUESTO PAIS.
O sea, al no estar la operación temporaria alcanzada por el impuesto país al momento de su oficialización la DGA no liquidó ni percibió el ADELANTO y el banco al momento del acceso al Mercado Libre de Cambios tampoco liquidó ni percibió el impuesto. Los Decretos mencionados cambian el Agente de Liquidación y Percepción, antes era el banco, ahora la DGA y cambian el momento imponible, antes era el acceso al Mercado Libre de Cambios y ahora es la transformación de la destinación en definitiva.
Sobre el tema, el Departamento Técnica de Importación envió información al Centro de Despachantes de Aduana de la República Argentina inserta a continuación.
Y esa información tiene un dato muy importante para los importadores que usan el Decreto 1330 (Importación Temporaria para Transformación) y el Decreto 688 (Régimen de Aduana en Factoría RAF).
INDICA COMO DECLARAR LA FORMA DE PAGO EN LA DESTINACION DE IMPORTACIÓN DEFINITIVA A LOS EFECTOS DE TRIBUTAR O NO TRIBUTAR EL IMPUESTO PAIS A TRAVÉS DE LA MISMA.
Es muy importante tener presente esta instrucción a los efectos de no evadir el pago del impuesto por error o de pagarlo en demasía considerando que por el momento no hay un circuito éxito para gestionar su devolución.
El informe de Técnica de Importación Indica sobre el tema lo siguiente:
"Al momento de registrar la destinación de importación para consumo en el SIM, en los casos que estas cancelen destinaciones suspensivas a través de las cuales se haya accedido al Mercado Libre de Cambios y NO SE HUBIERA PAGADO OPORTUNAMENTE EL IMPUESTO en trato, SE DEBERÁ UTILIZAR LA OPCION DE GIRO IMPOGIRO-DIV-OPC=SGDPAG comprometiendo el número de destinación mediante la cual se registró dicho acceso"
Observen que es una forma de pago SIN GIRO que antes evitaba pagar el impuesto, y ahora solo para las temporarias hace lo contrario o sea lo liquida.
El informe además agrega lo siguiente:
" Es importante remarcar que en aquellos casos que el impuesto PAIS SI haya sido abonado en las destinaciones IT/DIR deberá optarse para su cancelación por alguna opción SIN GIRO distinta SGDPAG a los fines que el SIM no vuelva a liquidar dicho concepto"
Fuente: Estudio Carballeiro