31-03-2023
Normativas AFIP publicadas en el BO del día de la fecha
Novedades Sistema CEF y SIRASE
En el día de la fecha, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo y la Secretaria de Comercio publicaron las siguientes Resoluciones Conjuntas:
Resolución General Conjunta 5341/2023 : Se establece un mecanismo de adecuación en la valoración que otorga en el Sistema de Capacidad Económica Financiera (CEF)dispuesto por la RG 4294 para aquellas personas jurídicas que cuentan con menos de 12 meses de inicio de actividad. Recordamos que el (CEF) constituye un instrumento para la gestión de riesgos en materia de Administración Tributaria, Impositiva, Aduanera y de los Recursos de la Seguridad Social, con el objeto de detectar simulaciones de situaciones fiscales o patrimoniales distintas a las reales, y contempla una fórmula que calcula mensualmente una valoración de la capacidad económica financiera de cada contribuyente.
Resolución General Conjunta 5342/2023 Se aprueban modificaciones al Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior (SIRASE) dirigidas a fortalecer las acciones de control preventivo, el seguimiento y el monitoreo de las operaciones de comercio exterior involucradas. La medida entrará en vigencia al día siguiente de su publicación y se aplicará a los trámites iniciados a partir del 1 de abril de 2023.
Ampliación de Carmen Carballeiro: Las SIRASE perdían su vigencia al terminar el mes en el cual habían sido oficializadas estuviesen aprobadas o no. Si pasaban al estado aprobada, dentro de esa vigencia debía realizarse el acceso al Mercado de Cambios. Si no se aprobaba o no se utilizaba había que volver a pedirla en el nuevo mes.
Pero con la modificación que se adjunta se entiende que desde su oficialización ahora tiene una vigencia de 90 días corridos. Dentro de los 60 días desde oficialización la AFIP y la Secretaria de Comercio deberían expedirse en relación con la aprobación o no de la misma. En caso que la decisión sea la aprobación de la SIRASE la misma solo tiene 30 días de vigencia para su efectiva utilización.
Se menciona una prorroga automática, pero estamos averiguando por qué en las SIRA que también se indicaba la automaticidad se requiere un trámite dentro de un plazo determinado, una vez aclarado el tema les volveremos a escribir para comentarles.
Fuente: CAC.





















