23-01-2023
Modificaciones a la Comunicación A 7622
Incorporaciones de Nueva NCM al Punto 8.5

Como dijimos el punto 8 de la Com. A 7622 indica situaciones donde no sería necesario cumplir con los plazos mínimos de acceso al MLC que indica la Secretaría de Comercio.
Específicamente el punto 8.5 indica que tienen ese beneficio "los bienes abonados correspondan a las posiciones arancelarias del NCM 3810.90.00.100G, 3901.20.19.000K, 3902.10.10.000W, 3902.30.00.900N, 3907.30.19.100Q, 7208.36.10.130L, 7208.37.00.300P, 7208.51.00.130V, 7208.51.00.900D, 7218.99.00.000C, 7225.30.00.220T, 7229.90.00.000J, 7304.19.00.900A, 7304.29.10.190K, 7225.40.90.110L, 7225.40.90.900B, 7304.29.10.120M, 7304.29.39.190Y, 7305.11.00.000Z y 9603.50.00.211K y serán destinados para la elaboración local de bienes necesarios para la construcción de obras de infraestructura contratadas por el sector público."
La Com. A 7676 en su punto 2 informa la incorporación al listado de posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) previsto en el punto 8.5. de la Comunicación "A" 7622 y previsto en el punto 10.14.2.13. de las normas de "Exterior y cambios", la posición arancelaria 7208.52.00.200C.
Esa NCM ampara la siguiente mercadería:
72
FUNDICIÓN, HIERRO Y ACERO
7208
PRODUCTOS LAMINADOS PLANOS DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR, DE ANCHURA SUPERIOR O IGUAL A 600 mm, LAMINADOS EN CALIENTE, SIN CHAPAR NI REVESTIR.
7208.5
-Los demás, sin enrollar, simplemente laminados en caliente:
7208.52.00
--De espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm
7208.52.00.200
En calidades para fabricar caños soldados bajo normas del American Petroleum Institute
Fuente: Estudio Carballeiro