04-11-2022

Jueves de Normas

Comunicaciones A 7629 y 7630 BCRA


 Comunicaciones A 7629 y 7630 BCRA


El BCRA como casi todos los jueves emitió un par de normas, una de ellas referida al pago de importaciones y la otra a la disponibilidad de dólares billetes por servicios pagados por no residentes

Com. A 7629 (Pago de Importaciones de bienes):

Incorpora 3 situaciones de excepción por las cuales se pueden efectuar pagos de importaciones con anterioridad al plazo que establezca la SIRA en su estado “SALIDA”:

1) Pagos por un monto anual de hasta el equivalente a USD 50.000, pudiendo pagarse en forma anticipada, a la vista o diferida,. Este límite se considerará por año calendario. Este monto es universal, no estando sujeto al tamaño o tipo de empresa. La utilización del cupo será controlada al momento del acceso al MC por parte de la entidad financiera interviniente, a través de la CCUCE (Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior). No Aplica a operaciones dentro del régimen de SIMI o exceptuadas de SIRA.

2) Pagos de las posiciones arancelarias del punto 10.14.3 del texto ordenado, que son las que fueron beneficiarias en el esquema anterior de las SIMIs “C” (manteniendo los requisitos de certificación de stocks de las materias primas y/o de los bienes intermedios o finales elaborados a partir de éstas, y acuerdo de precios).

3) Pagos del sector público nacional, aquellas organizaciones empresariales en donde el Estado Nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias y los fideicomisos constituidos con aportes del sector público nacional.

Com. A 7630 (dólar especial para turistas no residentes):

Habilita a que los cobros por venta de servicios turísticos y de transporte contratados por no residentes, así como también los consumos mediante tarjetas de débito, crédito, compra o prepagas emitidas en el exterior, sean acreditados en cuentas en moneda extranjera en bancos locales, sin obligación de liquidar los mismos por el Mercado de Cambios.

Es requisito que los fondos se acrediten en dichas cuentas dentro de los 5 días hábiles de su percepción.

 

Nota: Ver en adjunto las Comunicaciones.

 

Fuente: FSC FAST SOLUTIONS COMEX - Consultora en Comercio Exterior y Cambios

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