16-09-2022

Modificación de requisitos para el acceso al mercado de cambios para el pago de servicios prestados por no residentes

Comunicación A 7606 BCRA


Comunicación A 7606 BCRA


A través de la Comunicación de referencia, el BCRA reemplaza los incisos e) y f) del punto 3.1. de la Comunicación “A” 7532 en materia de requisitos para el acceso al mercado de cambios para el pago de servicios prestados por no residentes. También impone restricciones para determinadas operaciones para personas que hubieran accedido al subsidio en materia de tarifas de servicios públicos.

Los nuevos requisitos que establece son los siguientes:

El cliente accede en forma simultánea con la liquidación de un nuevo endeudamiento financiero con el exterior con una vida promedio no inferior a los 180 (ciento ochenta) días y como mínimo el 50% del capital tenga vencimiento con posterioridad a la fecha de prestación efectiva del servicio más un plazo de 90 (noventa) días.

El cliente accede con fondos originados en una financiación de importaciones de servicios otorgada por una entidad financiera local a partir de una línea de crédito comercial del exterior con una vida promedio no inferior a los 180 (ciento ochenta) días y como mínimo el 50% del capital de la financiación tenga fecha de vencimiento con posterioridad a la fecha de prestación efectiva del servicio más un plazo de 90 (noventa) días.

 

COMUNICACIÓN A 7606