06-09-2022

A través del Decreto 576/22

Crean el Programa de Incremento Exportador para exportadores de soja y sus subproductos (aceite, biodiesel,pellets, etc.)


Crean el Programa de Incremento Exportador para exportadores de soja y sus subproductos (aceite, biodiesel,pellets, etc.)


Les asegura un dólar de $ 200 a siempre que hayan comprado esa soja desde el 05.09.22 hasta el 30.09.22, pudiendo la DJVE ser anterior.

El dec. 576/22 incentiva a los productores de soja para que vendan sus stocks de soja a los exportadores y elaboradores antes del 01.10.22, prometiendo liquidarles a estos últimos un dólar de $ 200.

Es optativo, debiendo la AFIP, el BCRA, La CNV y la Sec. de Agricultura emitir las reglamentaciones respectivas.

Ese incremento transitorio y selectivo de la cotización del dólar: * Incrementará fuertemente el derecho de exportación que pagan esas exportaciones, incremento que se destinará -en una proporción que determinará el Min. de Economía- a formar un FONDO INCREMENTO EXPORTADOR que tendrá dos destinos:

a) una ayuda social a personas vulnerables y

b) Programas que estimulen la producción y el desarrollo de pequeños y medianos productores y de economías regionales,  

* Perjudicará el Balance del BCRA (al pagar más por esas divisas), lo que el Gobierno Nacional compensará con letras del Tesoro a 10 años de plazo, denominadas en dólares. Este Programa promete también beneficios y programas (aún no determinados) para la cosecha 2022/2023. a los productores de soja que aprovechen este dólar excepcional, debiendo vender -como mínimo- el 85% de su producción 2021/2022 entre el 05.09.22 y el 30.09.22.

Fuente: Estudio Clement y Asoc.