11-11-2021
Atención Sujetos Obligados y Beneficiarios Finales!
La Resolución 112/21 UIF sigue VIGENTE
Les recordamos la vigencia de la Resolución 112/21 considerando que los sujetos obligados (ver listado inserto) deberían estar solicitándoles en breve la identificación de los BENEFICIARIOS FINALES.
Beneficiario/a Final: será considerado Beneficiario/a Final a la/s persona/s humana/s que posea/n como mínimo el diez por ciento (10 %) del capital o de los derechos de voto de una persona jurídica, un fideicomiso, un fondo de inversión, un patrimonio de afectación y/o de cualquier otra estructura jurídica; y/o a la/s persona/s humana/s que por otros medios ejerza/n el control final de las mismas. Los Sujetos Obligados deberán solicitar a sus clientes la identificación del Beneficiario/a Final adicionalmente. También se deberá mantener actualizada la información respecto del mismo/a. A los fines de identificar a/los beneficiarios finales de los Clientes, éstos deberán presentar una declaración jurada conteniendo los siguientes datos: nombre/s y apellido/s, DNI, domicilio real, nacionalidad, profesión, estado civil, porcentaje de participación y/o titularidad y/o control, y CUIT/CUIL/CDI en caso de corresponder.
Fuente: Estudio Carballeiro











































