02-05-2021
Registro De Información Cambiaria De Exportadores E Importadores De Bienes
COM. A 7273 Prorroga Com. A 7200
La nueva Comunicación A 7273 cambia al 31/05/2021 (para la inscripción definitiva) y al 01/06/2021 (en la que los bancos deben informar al BCRA que el obligado se encuentra NO INSCRIPTO).
Por lo tanto las personas humanas y jurídicas consideradas sujetos obligados deberán cumplimentar el Registro de Información cambiaria de exportadores e importadores de bienes antes del 31/05/2021 a través del aplicativo correspondiente (Web de AFIP).
Y se establece que a partir del 1/6/2021 , las entidades deberán contar con la conformidad previa del BCRA para dar curso a aquellas operaciones que correspondan a egresos por el mercado de cambios, incluyendo aquellas que se concreten a través de canjes o arbitrajes si el cliente considerado sujeto obligado figura en el sitio indicado en la Com. B 12157 como NO INSCRIPTO.
Nota: La Comunicación C 89476 daba el listado de las Empresas obligadas a inscribirse en dicho Registro.
Fuente: Estudio Carballeiro





















