29-04-2021
Inversiones en bienes de uso.
Resolución General 4980/2021 Régimen de devolución del Crédito Fiscal
Establecer que las solicitudes de devolución podrán presentarse hasta el 31 de julio de 2021.
La Resolución General 4980/2021 establece en su Artículo 1 que para las solicitudes de devolución de los créditos fiscales originados en la compra, construcción, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes de uso -excepto automóviles- correspondientes al año 2020, tramitadas de acuerdo con lo dispuesto por las Resoluciones Generales N° 4.581 y N° 4.937, la remisión del formulario de declaración jurada “web” F. 8117 y del informe especial extendido por contador público independiente podrá realizarse hasta el 31 de julio de 2021, inclusive, en sustitución del plazo indicado en el punto 2 del artículo 1° de la Resolución General N° 4.937.





















