02-12-2020
Obligatorio para toda solicitud de exportación de productos y subproductos de origen animal (terrestres, acuáticos)
Deben estar asociadas al Arancel IC085.A.
Se hace saber que en relación a la Resolución del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA 221/2020 toda solicitud de exportación de productos y subproductos de origen animal (terrestres, acuáticos) deben estar asociada al Arancel IC085.A.
Este trámite será generado de manera automática en el mismo sistema SIGCER y de esta manera en usuario NO deberá abonar otro ARANCEL incluyendo la emisión del certificado definitivo pertinente.
Asimismo el usuario en SIGCER denominado establecimiento, podrá gestionar el pago electrónico de dicho arancel, adhiriendo a Interbanking, Débito en Cuenta y Boleta Única.
La solicitud de exportación de productos y subproductos de origen animal podrá ser solicitada para tramitar de manera inmediata según lo establece la resolución SENASA 847/2020, gestionando de manera automática en el SIGCER el módulo de TRÁMITE URGENTE correspondiente.
En el caso de solicitar un servicio extraordinario de requeridos para la emisión del certificado definitivo, se deberá seguir usando como en la actualidad el sistema para generar la boleta (SIGAD) el cual vinculará el cupón de pago al número CUVE del certificado provisorio.
Se podrá utilizar una lectora de código de barras para agilizar esta operatoria en las ventanillas de las mesas de entradas del SENASA.
Asimismo, se reitera que la gestión de la boleta de pago para emitir cupones por solicitud de servicio extraordinario de requeridos seguirá siendo como en la actualidad a través del SIGAD y NO de manera automática por SIGCER.
Lo único que se generara de manera automática es la emisión del arancel y su trámite urgente en el caso de corresponder.
Se pretende que esta modalidad entre en funcionamiento en la segunda semana del corriente mes.
Resolución del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA 221/2020





















