23-06-2020
La desgravación afecta a las NCM Capítulo 41 (Pieles -excepto la peletería- y cueros)
DCTO-2020-549-APN-PTE - Derecho de Exportación.
Desgrávase, desde la entrada en vigencia de esta medida y por el plazo de SESENTA (60) días, del Derecho de Exportación (DE), aplicable a las operaciones de exportación de las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (NCM) que se consignan en el ANEXO I (IF-2020-29148266-APN-DNAYB#MPYT) que forma parte integrante del presente decreto.
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