02-05-2020
Resolucion General 4707 AFIP. Reglamentación
Servicio web «Creditos a tasa cero». Formas, plazos y condiciones.
Se crea el servicio web denominado Crédito Tasa Cero, en el marco del ?Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción ATP implementado por el Decreto Nº 332/2020 al que deberán ingresar los beneficiarios con Clave Fiscal habilitada con nivel de seguridad 2.
Requisitos:
- Poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido conforme a lo previsto en la Resolución General N° 4.280
-
Cumplir con los demás requisitos y condiciones establecidos en:
- 1) el Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios,
- 2) las Actas Nros. 4, 5 y 6 del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción
- 3) la Comunicación “A” 6993 BCRA
Procedimiento de inscripción:
a) Ingresar, entre los días 4 y 29 de mayo de 2020, ambos inclusive, al servicio denominado “Crédito Tasa Cero”.
b) El sistema le indicará los montos mínimo y máximo del crédito susceptible de ser otorgado.
c) Ingresar el importe del crédito que solicita.
d) Ingresar, en caso de poseer, el número de la tarjeta de crédito bancaria a ser utilizada para esta operatoria.
e) En caso de no poseer tarjeta de crédito bancaria, informar la entidad bancaria de su elección para la tramitación del crédito correspondiente.
Información de AFIP al BCRA:
- El crédito susceptible de ser otorgado, conforme la solicitud del contribuyente prevista en el inciso c) del artículo 2° de la presente, y
-
Los importes totales correspondientes los tres (3) períodos fiscales con vencimiento posterior al otorgamiento del crédito, en concepto de:
- impuesto integrado y cotizaciones previsionales, en los casos de pequeños contribuyentes, y
- aportes previsionales, para los casos de trabajadores autónomos.
En caso de no resultar procedente, el sistema indicará al contribuyente los motivos por los cuales se deniega la solicitud.
Fuente: https://blogdelcontador.com.ar/





















