09-11-2019
Ampliación de Plazos para Bienes de Capital
El BCRA aumenta a 270 dÃas el plazo para que los bienes de capital ingresen al paÃs
El BCRA aumenta a 270 dÃas desde el pago anticipado el plazo para que la mercaderÃa ingrese aduaneramente al paÃs si son bienes de capital y modifica restricciones para comprar divisas para constituir garantÃas en contratos de endeudamiento externo. Fuente: Clement Comercio Exterior
La Com. BCRA A-6825 introduce los siguientes cambios:
1. En los pagos anticipados (parciales o totales) de importaciones, el plazo para que la mercadería ingrese aduaneramente al país o se deba devolver al mercado de cambios las divisas correspondientes a mercaderías no arribadas en el plazo establecido, se crea ahora una distinción en el tipo de bienes:
a) Bienes de Capital: otorga un plazo de 270 días, considerándose tales los marcados "BK" en la NCM;
b) Resto de bienes: el plazo sigue siendo de 90 días.
Si un mismo pago anticipado incluye bienes de capital y bienes que no lo son, se tendrá en cuenta el plazo que corresponda a la mayor proporción del valor anticipado.
Se sigue exigiendo en todos los casos la autorización previa del BCRA del pago anticipado cuando se pretende realizar el mismo a una empresa vinculada.
2. Se permite ahora comprar divisas para constituir garantías exigibles en los contratos de financiamiento, no sólo para los financieros (como hasta hoy) sino también por deudas comerciales por importaciones de bienes y servicios con una entidad financiera del exterior o agencia oficial de crédito a la exportación. Sin embargo, ahora limita el acceso para constituir garantías sólo a los préstamos financieros con acreedores del exterior no vinculados.
http://www.bcra.gov.ar/Pdfs/comytexord/A6825.pdf





















