25-09-2019

Nuevos actores se suman al OEA

Incorporan a los despachantes, ATAs y transportistas terrestres al régimen de OEA


Incorporan a los despachantes, ATAs y transportistas terrestres al régimen de OEA


La Res. AFIP 4582/19 incorpora a despachantes, ATAs y transportistas automotores en el régimen de Operador Económico Autorizado. Fuente: CLEMENT COMERCIO EXTERIOR

La Res. AFIP 4582/19 incorpora a despachantes, ATAs y transportistas automotores en el régimen de Operador Económico Autorizado.

Los requisitos para acceder a esa categoría son, básicamente, no tener antecedentes negativos, contar con registros contables y operativos confiables, tener solvencia financiera, reunir condiciones mínimas de seguridad (de los socios comerciales, del contenedor y demás unidades de carga, física de las instalaciones, del personal, en el acceso de personas a las instalaciones, de las mercaderías; capacitación al personal en materia de seguridad y amenazas internas y externas de la empresa; planeación de la cadena logística y seguridad y resguardo de la información), contar con recursos tecnológicos adecuados y aportar la "matriz de riesgo" de su cadena de suministro que permita identificar, analizar y valorar las amenazas, desarrollando un plan y medidas para mitigarlas.

Los beneficios que obtendrán estos nuevos habilitados al régimen serán: capacitación en seguridad, espacio de diálogo OEA, publicidad de la categorización OEA, canal de atención exclusiva y beneficios derivados de los acuerdos de reconocimiento mutuo (ARM).

En cuanto a la selectividad, se aclara que las operaciones cursarán por canal verde de selectividad cuando todos los sujetos involucrados en la operación de comercio exterior (Importador/Exportador, despachantes de aduana, los agentes de transporte aduanero y los transportistas de transportes automotores de carga) se encuentren adheridos al programa OEA y categorizados en el nivel OEA-SEGURIDAD; aunque Aduana podrá aplicar medidas específicas de control, cuando resulte aconsejable su implementación, en orden a sus análisis de riesgo. También se podrá asignar canal verde aunque alguno de los involucrados en la operación no esté registrado como OEA, en función del análisis de riesgo que se haga.