16-12-2018

Para declaraciones aduaneras de importación y para la venta de productos importados en el mercado interno

Habilita AFIP un "Catálogo de Productos de Empresas"


Habilita AFIP un


La Res. AFIP 4353 habilita en la pág. web de AFIP un "Catálogo de Productos de Empresas" para completar la declaración aduanera por NCM/SIM.

Dicho catálogo deberá contener como mínimo:

a) La Posición Sistema Informático MALVINA (SIM) asignada por el declarante.

b) El código de producto o número de parte (“part number”) del mismo.

c) El origen y breve descripción de la mercadería.

Es decir que se puede describir ahora la mercadería con palabras y no sólo por la NCM/SIM.

La información suministrada por el declarante bajo la forma de “Catálogo de Productos de Empresas” asumirá, a los fines aduaneros, el carácter de documentación complementaria. LA AFIP podrá pedir por SICNEA ampliación de la información.

La entrega de estos catálogos será voluntaria para el importador, quien será responsable de sus altas, bajas y modificaciones, aunque deberá seguir los procedimientos que se indiquen en el micrositio “Catálogo de Productos de Empresas” del sitio “web” de este Organismo (http://www.afip.gob.ar).

En una primera etapa, sólo podrán declararse por este Sistema:

a) Las destinaciones de importación mediante las cuales se nacionalicen o ingresen temporariamente mercaderías al territorio aduanero general, especial o zonas francas;

b) La importación temporaria de mercaderías destinadas a recibir un perfeccionamiento industrial, con la obligación de exportarlas para consumo a otros países bajo las nuevas formas resultantes y

c) Las facturas de ventas al mercado interno de productos que se importaron a consumo.

Es decir que también en las facturas electrónicas por las ventas en el mercado interno usarán estos códigos que obren en el Catálogo. 

Inicialmente sólo se implementará para el sector automotriz aunque la Dirección General de Aduanas y las Subdirecciones Generales de Recaudación y de Sistemas y Telecomunicaciones podrán incluirse nuevos sectores estratégicos del comercio exterior.

RG 4353/18

 

Fuente: Clement Comercio Exterior