28-01-2016
Publicado por la AFIP
MANUAL USO SIMI
AFIP publicó el Manual de uso para el Registro y Afectación de la declaración del “Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones”
Este manual ha sido elaborado para acompañar la implementación del Régimen “Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI)”, instruido a través de la Resolución General N° 3823 (AFIP).
Los Sujetos alcanzados son aquellos referidos en el Art. 1° de la RG 3823 (es decir, Importadores y los fideicomisos regidos por la Ley N° 24.441 y sus modificaciones y complementarias, las uniones transitorias de empresas, los consorcios de cooperación y demás contratos asociativos no societarios que se encuentren inscriptos como importadores de acuerdo a la RG 2551, sus modificaciones y complementarias).
Tanto los Subregimenes involucrados, como las excepciones para registrar SIMI se encuentran explicitados en la página institucional http://www.afip.gob.ar/simi/ dentro de PAUTAS DE GESTIÓN DE LAS DECLARACIONES EFECTUADAS A TRAVÉS DEL SISTEMA INTEGRAL DE MONITOREO DE IMPORTACIONES (SIMI).
El Registro de la declaración SIMI se realizará en el Sistema Informático MALVINA (SIM) a través del Kit en el Modulo Declaración y el mismo, estará a cargo del declarante (Despachantes de Aduana y los Importadores adheridos al régimen de la RG AFIP N° 333).
La afectación de la declaración SIMI puede ser de manera parcial, es decir, que sus saldos se pueden utilizar en distintas declaraciones de importación, en cambio, una destinación de importación para consumo no podrá afectar a más de una declaración SIMI.
La declaración SIMI estará en condiciones de ser afectada a una importación a consumo, a partir de que todos los Organismos que hubieren adherido al Régimen, hubiesen aprobado la misma, implicando esto, que el estado de la declaración SIMI pase a “Salida”, para lo cual se correrá un proceso cada hora que actualizará los estados.
El interesado tendrá la posibilidad de registrar la declaración SIMI, solicitando un tramite urgente, siempre que los motivos invocados se encuentren entre los definidos y establecidos en el SIM.
Los Organismos adheridos pueden generar “Observaciones”, dentro del plazo que tienen para su intervención, las mismas y los estados informáticos de la declaración SIMI se podrán consultar en la página Web de la AFIP, a través del servicio “Mis Operaciones Aduaneras (MOA)”.
Descargue el Manual completo.





















