19-09-2025

Para determinadas NCM

Plazos Máximos de Ingreso y Negociación de Divisas


Plazos Máximos de Ingreso y Negociación de Divisas


Mediante la Com. A 8330 el BCRA decide "Reemplazar el punto 7.1.1.2. del texto ordenado sobre Exterior y Cambios referido al plazo para el ingreso y liquidación de los cobros de exportaciones de bienes, por el siguiente: "7.1.1.2. 30 (treinta) días corridos para las exportaciones de bienes que correspondan a las posiciones arancelarias 1003.90.10, 1003.90.80, 1007.90.00 y a las correspondientes al capítulo 27 (excepto las posiciones arancelarias 2710.19.31, 2710.19.32, 2710.19.99 y 2716.00.00)."

Por lo tanto por efecto de la Com. A 8330 las mercaderías clasificadas en las NCM 2710.19.31, 2710.19.32, 2710.19.99   dejan de estar alcanzadas por el plazo máximo de ingreso y negociación de las divisas de 30 ds. corridos y pasan a tener 180 ds corridos desde la fecha del cumplido de embarque (salvo si la operación se realiza entre vinculadas en cuyo caso serán 60 ds. corridos).

 

Cuando se extienden plazos, los mismos benefician también a las exportaciones oficializadas antes de la vigencia de la norma que extiende los plazos,  que no tengan los plazos anteriores de ingreso y negociación de las divisas vencidos.Si tuviesen estos casos, sírvanse consultar los nuevos vencimientos con los bancos nominados en los correspondientes permisos de embarque.

 

Las mercaderías beneficiadas por estos plazos ampliados son las siguientes

 


2710.19.3

 

Aceites lubricantes

2710.19.31.000T

 

Sin aditivos

2710.19.32

 

Con aditivos

2710.19.32.100 F

 

De los tipos utilizados en los vehículos del Capítulo 87

2710.19.32.900 Z

 

Los demás

 

 

 

2710.19.99

 

Los demás

2710.19.99.100 T

 

Preparaciones para desmoldeo

2710.19.99.200 Y

 

Preparaciones antioxidantes

2710.19.99.300D

 

Unicamente aceites minerales destinados a aplicaciones agroquímicas (R.2013/93 ex-ANA)

2710.19.99.500 P

 

Mezclas de parafinas lineales y ramificadas de C12 a C14

2710.19.99.9

 

Los demás

2710.19.99.910 P

 

Productos que se correspondan con las definiciones de la Ley N° 23.966, Título III, sus normas modificatorias y complementarias

2710.19.99.990 Q

 

                                   

 

Los demás

 

Comunicación A 8330

 

Fuente: Estudio Carballeiro