05-03-2025
Consejos del Experto José Luis Doffi
Vencimiento de Permisos de Embarques - Sugerencias y Precauciones

Entre los alertas que periódicamente enviamos a nuestros clientes exportadores y/o importadores, hay uno que adquiere especial relevancia y tiene que ver con el vencimiento para ingresar divisas que tienen los embarques por exportaciones de Bienes.
Si bien es un servicio que está dentro del esquema de "Casos Ocurridos" que brindamos a los clientes abonados de la consultora, en esta situación en particular hemos decidido por esta vez hacerlo extensivo a todos los exportadores con quienes alguna vez hemos tomado contacto sea por la via que fuese, dado que la sensibilidad y peligrosidad que el tema presenta amerita que los alertemos para que tomen todos los recaudos del caso.
Por ello seguidamente les transcribimos el mensaje que estamos enviando a nuestros clientes exportadores, a saber:
Durante el pasado mes de Febrero, nos hemos encontrado con muchos casos de exportadores que se le vencían los plazos de los permisos de embarque, y no tenían noticias de la llegada de la divisa a fin de cumplir los mismos, lo cual siempre es un tema muy preocupante.
Ustedes saben que pueden vender a un plazo comercial que será el establecido en la factura, pero está el plazo normativo que es el válido a los efectos de las normas cambiarias y este es el que debemos monitorear.
El tema es muy delicado ya que cuando un PE vence y no ingresan las divisas, el mismo entra en infracción bajo la ley penal cambiaria, por lo cual en todos esos casos tratamos de buscar cuanto antes algunas líneas de acción, aunque vale decir que en los casos que ya estaban vencidos la cosa se hace muy compleja porque las operaciones entran en etapa presumarial.
A raíz de todo ello, entendimos propicio hacerles un recordatorio de los posibles pasos a seguir en aquellos casos en que está venciendo el plazo para ingresar y liquidar divisa que tiene un Permiso de Embarque, ya que debemos intentar por todos los medios evitar caer en infracción penal, con los costos legales que eso conlleva como asimismo los costos económicos por tener que contar con un abogado penalista cambiario que maneje el tema y sobre todo las multas que impone la ley penal cambiaria.
A fin de no agobiarlos y que les resulte lo más esquemático posible, si lo pensáramos en forma Secuencial, podríamos decir que:
PRIMERO
Siempre deben cruzar mensajes con la contraparte que sirva de sustento a los reclamos que ustedes realizaron y las respuestas recibidas, dado que los mails que van y vienen, se usarán como soporte si buscamos la posibilidad de incluir el embarque en gestión de cobro, o los utilizará el abogado penalista cambiario para defender a la Empresa ante el Juzgado Penal Económico que corresponda.
Deben hacer un estricto seguimiento de los plazos de vencimiento de los Permisos de Embarque, y si toman conocimiento que la contraparte puede tener problemas para pagar en término, hay que hacerles llegar un detalle minucioso y entendible de la situación penal cambiaria de la Argentina, para expresarles los riesgos que aquí se corren. Llegado el momento yo puedo armarles un escrito para su contraparte.
SEGUNDO
Si se encuentran que están a 10/15 días del vencimiento del plazo final del embarque y la Contraparte no ha podido pagar y es difícil que lo haga en término, hay una serie de alternativas a las que podemos acudir y que se encuentran contempladas en la normativa cambiaria y que seguidamente sobrevolamos:
1-Si el embarque hubiera sido Prefinanciado y el vencimiento de la Prefinanciación fuera posterior al vencimiento del embarque, se puede ATAR/VINCULAR un vencimiento a otro pidiéndole al Banco que hace el seguimiento del embarque, que le de al embarque el vencimiento de la prefinanciación.
2-Ingresar Fondos Propios para dejar el embarque cumplido, y luego de ello, informar a la Contraparte que al momento que el vaya a transferir, acredite la cuenta de donde salieron esos fondos a fin que quien transfirió recomponga su posición. (Cuando la brecha es exigua a la luz de lo que fue, es una buena salida para salir de la esfera penal)
3-Incluir el embarque bajo el esquema de Gestión de Cobro, ya que esto saca al embarque vencido fuera de la esfera Penal. Hay que ir con argumentos sólidos para convencer al Banco de incluirlo bajo este esquema, ya que son reticentes pues el Central así les pide que sean. Nunca ha trascendido que del Central le hayan preguntado a nadie por un PE en gestión de cobro: lo sacan del radar.
Cabe acotar que este esquema NO es aplicable a vinculadas.
Ahora en este caso hay una serie de requisitos que deben observarse:
UNO: es que si el embarque no supera los Dls 100 mil y no se supera ese monto en el año calendario, con la documentación intercambiada con la contraparte de donde surja el motivo de la demora y la certificación de contador del impago de la deuda, podemos avanzar en pedirle al Banco que lo incluya.
DOS: es -en la medida que el valor acumulado pendiente de liquidación adeudado por la contraparte no supere los Dls 200 mil- que podamos demostrar la gestión de cobro a través de los reclamos efectuados a la contraparte por compañías de seguro de crédito a la exportación sin que la operación haya sido cubierta por ésta, o por entidades que actúen como agencias de recupero nacionales o del exterior contratadas por el exportador a tal efecto. (Por lo cual habrá que contratar alguna Agencia en tal sentido y soportar el costo que genere o trasladarlo)
TRES: es iniciar acciones judiciales lo cual debe acreditarse con copia del escrito de iniciación de demanda certificada por el juzgado interviniente en cuanto a su fecha de inicio y radicación, debiendo estar la documentación legalizada por autoridad consular o conforme a lo previsto por el Convenio de la Haya del 5 de octubre de 1961, cuando resultase aplicable.
Como CONCLUSION lo esencial para decirles es que:
- el staff de ustedes que maneja el tema se lo grabe con tinta indeleble,
- siempre va a resultar menos oneroso ingresar fondos propios,
- por favor AVISENME no menos de 10/15 días ANTES que el embarque Venza a fin que tratemos de no sumar problemas legales.
José Luis Doffi