02-01-2024

Más sobre la Comunicación A 7935

Para las jurisdicciones locales computa tenencia en moneda extranjera en cuenta monex locales en el limite maximo de u$s 100.000.- a los efectos del acceso al MLC


Para las jurisdicciones locales computa tenencia en moneda extranjera en cuenta monex locales en el limite maximo de u$s 100.000.- a los efectos del acceso al MLC


En la Com. A 7935 en su punto 1 el BCRA establece que las disposiciones previstas en los puntos 3.3.3. y 3.5.6. de las normas de "Exterior y cambios" y en la Comunicación "A" 7911 mantendrán su vigencia hasta el 31.12.24.

Como ustedes saben para los clientes  el valor depositado en sus cuentas en moneda extranjera en bancos locales no computa para el límite de los U$S 100.000 máximos de activos externos a los efectos del acceso al MLC, pero este beneficio no se extiende a lo que el BCRA denomina Jurisdicciones locales.

 

Por lo tanto el punto en cuestión ahora debe leerse

 

Establecer que si el cliente es una jurisdicción local a los efectos de lo previsto en el punto 3.16.2. de las normas de "Exterior y cambios" también deberán contabilizarse hasta el 31.12.24 las tenencias de moneda extranjera que el cliente tenga depositadas en entidades financieras locales.

 

En el caso de que el cliente se excediese del monto límite fijado, complementariamente a lo dispuesto en el punto 3.16.2.1.i) respecto a los pagos realizados durante la jornada con activos externos líquidos, la entidad también podrá aceptar una declaración jurada del cliente en la que deje constancia que ya no existe tal exceso porque se realizaron pagos por el mercado de cambios a través de operaciones de canje y/o arbitraje con los fondos depositados.

 

Comunicación A 7935